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Propostas
de Modificação
Texto aprobado en Bolivia
(VI OIbF, 2001)
1
- GENERALIDADES
1.1
- La Olimpiada Iberoamericana de Física (OIbF) es una competición
intelectual, en el área de la Física, entre jóvenes estudiantes
preuniversitarios de los países iberoamericanos, diseñada con el
fin de estimular y promover el estudio de la Física y,
consecuentemente, el desarrollo de jóvenes talentos en esta ciencia
1.2
- A los efectos de este reglamento se entiende por países
iberoamericanos a todos lo que son miembros u observadores de la
Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la
Ciencia y la Cultura (OEI)
1.3
- La Olimpiada Iberoamericana de Física se efectuará en el país
seleccionado bajo los auspicios de los organismos e instituciones
competentes para ello (nacionales o internacionales) o personas que
deseen colaborar con estos eventos y estén debidamente autorizados
para ello.
1.4
- La Olimpiada Iberoamericana de Física se convocará anualmente en
correspondencia con los preceptos de este reglamento
1.5
- La aceptación de la sede de la OIbF para un año determinado será
avalada oficialmente por los organismos o instituciones competentes
del país propuesto como tal, dos años antes de la fecha de la
realización de dicha Olimpiada. Esta aceptación será presentada
durante la reunión final del Jurado Internacional de la Olimpiada
correspondiente.
1.6
- Los organismos o instituciones competentes del país seleccionado
presentarán oficialmente la invitación a la Olimpiada en el año
anterior a la celebración de la Olimpiada. Esta presentación se
hará durante la reunión final del Jurado Internacional de la
Olimpiada correspondiente.
1.7
- Los organismos e instituciones competentes del país seleccionado
para cada Olimpiada tendrán la responsabilidad de designar al Comité
Organizador.
1.8
- El periodo durante el cuál se realizará el evento será
determinado por el país encargado de organizarla, de manera que se
ajuste a los intereses de los países participantes. Se sugiere el
mes de septiembre para la convocatoria de las Olimpiadas
Iberoamericanas de Física.
2
- OBJETIVOS DE LA OLIMPIADA
2.1
- Estimular el estudio de la Física y el desarrollo de jóvenes
talentos en esta ciencia.
2.2
- Propiciar el intercambio de experiencias y la profundización de
la amistad entre los países participantes.
2.3
- Promover la realización y desarrollo de competiciones nacionales,
en correspondencia con las recomendaciones dadas por la UNESCO en
1989, que contribuyan a apoyar el talento y la iniciativa científica
entre la juventud, en el contexto de lograr una educación científica
para todos.
3
- PARTICIPACIÓN
3.1
- El país sede deberá invitar a todos los países iberoamericanos
a participar en la Olimpiada que organiza.
3.2
- Cada país invitado tiene derecho a estar representado por un
equipo de hasta cuatro estudiantes y dos profesores (delegados), uno
de ellos como jefe de la delegación.
3.3
- Los países que nunca hayan participado y deseen incorporarse a la
OIbF podrán, si lo consideran pertinente, enviar la primera vez un
observador, antes de incorporarse con el equipo completo.
3.4
- Los estudiantes concursantes deberán satisfacer los siguientes
requisitos:
a.
No
haber cumplido los 18 años de edad al 31 de diciembre del año
anterior a la realización de la OIbF.
b.
No
haber participado en ninguna Olimpiada Internacional de Física (IPhO)
c.
No
haber participado en la Olimpiada Iberoamericana de Física (OIbF) más
de una vez.
d.
No
ser estudiantes universitarios a la fecha de la inscripción oficial
de la OIbF.
3.5
- Los dos profesores delegados deberán ser físicos o profesores
destacados de física. Ambos formarán parte del Jurado
internacional, residirán con los demás miembros de este Jurado y
no podrán tener contacto con los estudiantes hasta que hayan
finalizado las pruebas. Durante este tiempo los estudiantes estarán
bajo la atención de guías designados por el Comité Organizador,
cuyas indicaciones deberán seguir en todos los casos.
3.6
- El Comité Organizador de cada país fijara las fechas de entrega
de los datos de las delegaciones participantes en correspondencia
con el programa establecido para ello. Se sugiere la habilitación
de un sitio Web a estos efectos.
4
- DISTRIBUCIÓN DE COSTOS
4.1
- Los organizadores cubrirán los gastos normales de estancia de las
delegaciones y de los observadores durante todo el tiempo del
programa de la Olimpiada, es decir desde la fecha oficialmente
establecida para la llegada hasta la de partida.
4.2
- Los familiares o acompañantes, incluyendo otros profesores
diferentes de los delegados y observadores, cubrirán sus gastos de
estancia por cuenta propia. El Comité Organizador se limitará a
reservarles hospedaje, si es posible, siempre que lo hayan
solicitado con la antelación establecida por dicho Comité.
4.3
- El costo de los traslados de las delegaciones hasta la ciudad sede
de la OIbF es responsabilidad de cada país participante.
5
- COMITÉ DE PROBLEMAS
5.1
- El país organizador de la Olimpiada conformará un Comité de
Problemas que se encargará de elaborar los que serán propuestos al
Jurado Internacional.
5.2
- Los problemas serán originales y responderán al programa oficial
de contenidos aprobado para las OIbF (anexo a este reglamento).
5.3
- Por cada problema teórico propuesto al Jurado, el Comité de
Problemas tendrá, al menos, un problema alternativo de reserva.
5.4
- El o los problemas experimentales propuestos solamente serán
objeto de discusión, y en este caso no se exigen problemas de
reserva.
5.5
- Los problemas deberán ser presentados al Jurado Internacional con
una redacción completa, incluyendo sus soluciones detalladas y una
propuesta de puntuación.
6
- LAS PRUEBAS
6.1
- La competición constará de dos pruebas, una teórica y otra
experimental. El tiempo de realización de cada una será de un máximo
de cinco horas y se efectuarán en dos días distintos.
6.2
- El contenido de los problemas versará sobre los distintos
aspectos recogidos en el programa oficial de contenidos aprobado
para la OIbF. Para su solución no se requerirá el uso de
herramientas matemáticas que se salgan del marco de los programas
de secundaria.
6.3
- Cada concursante trabajará individualmente. Las respuestas y
soluciones se consignarán en el papel previsto por el Comité
Organizador.
6.4
- Los únicos instrumentos cuyo uso se permitirá serán los
necesarios para escribir y dibujar. También se permitirá el uso de
calculadoras científicas no programables.
7
- EL JURADO DE LA OLIMPIADA IBEROAMERICANA
7.1
- El Jurado Internacional estará integrado por los dos profesores
delegados de cada país participantes.
7.2
- El presidente del Jurado lo designa el país sede.
7.3
- El presidente podrá autorizar a algunos miembros del Comité de
Problemas a participar en las reuniones sin derecho a voto. Los
observadores podrán asistir a las reuniones del Jurado, previa
autorización de su presidente, con voz pero sin voto.
7.4
- El Jurado Internacional es la máxima autoridad de la Olimpiada y
sus decisiones se acatarán por mayoría de votos. Los votos serán
uno por cada país. En caso de empate, la decisión final
corresponderá al presidente.
7.5
- Son funciones del Jurado:
a
- Verificar que los integrantes de los equipos cumplen los
requisitos de participación. Si un equipo o integrante es
descalificado, su país devolverá al comité organizador el monto
correspondiente a los gastos que haya ocasionado.
b
- Analizar la formulación precisa de los enunciados en español y
portugués, las soluciones y la evaluación de cada problema.
c
- Aceptar, modificar o rechazar los problemas propuestos. No podrá
proponer nuevos problemas y las modificaciones en la prueba
experimental no podrán afectar a los equipos e instrumentos
previstos por el país sede.
d
- Decidir sobre el máximo número de puntos que deberán asignarse
a la solución correcta de cada problema y, si es necesario,
establecer las pautas para la calificación de soluciones parciales
en los problemas. Los miembros del Jurado están obligados a
mantener en secreto los problemas de las pruebas.
e
- Velar por la transparencia en la distribución de premios.
8
- EVALUACIÓN
8.1
- Las pruebas serán calificadas por el Jurado Internacional. Cada
problema será calificado por un grupo de profesores delegados para
garantizar la equidad en la calificación, siguiendo los criterios
aprobados por el Jurado internacional.
8.2
- En la calificación de las pruebas el texto presentado por los
estudiantes deberá ser preservado de cualquier alteración. Todo señalamiento
de los profesores deberá quedar claramente diferenciado.
8.3
- La prueba teórica se calificará sobre un máximo de 30 puntos y
la experimental sobre 20 puntos, para un máximo total de 50 puntos.
9
- CONCESIÓN DE PREMIOS
9.1
- Se otorgarán primeros, segundos y terceros premios (y también
menciones honoríficas), de acuerdo con lo siguiente:
a.
La
puntuación máxima será determinada por el promedio de las tres
calificaciones mayores, el cual será tomado como 100%.
b.
Los
participantes que obtengan más del 90% del máximo de puntos
recibirán el primer premio (medalla de oro y diploma).
c.
Los
participantes que obtengan entre el 78% y el 89% del máximo de
puntos recibirán el segundo premio (medalla de plata y
diploma).
d.
Los
participantes que obtengan entre el 65% y el 77% del máximo de
puntos recibirán el tercer premio (medalla de bronce y diploma).
e.
Los
participantes que obtengan entre el 50% y el 64% del máximo de
puntos recibirán Mención Honorífica (diploma).
f.
Para
la concesión de los premios, cada una de las notas de corte debe
redondearse al número entero inmediato inferior.
9.2
- Los participantes que obtengan menos del 50% del máximo de puntos
recibirán un certificado de participación.
9.3
- Se pondrán otorgar uno o más premios especiales. Por ejemplo:
mejor solución o solución particularmente original o ingeniosa a
un problema teórico o experimental. En todo caso, la decisión de
proponer estos premios al Jurado Internacional será potestad del
Comité Organizador.
9.4
- Los premios y diplomas serán entregados en un Acto de Clausura.
10
- DE LAS PRÓXIMAS OLIMPIADAS
10.1
- Todos los países participantes deberán proponer su candidatura
para organizar la OIbF. A partir de la tercera asistencia es
obligatoria la presentación preliminar de la candidatura.
10.2
- El país que organice una OIbF deberá volver a presentar su
candidatura al cabo de un máximo de 10 años.
10.3
- La presidencia del secretariado permanente de las OIbF gestionará
entre los países participantes las propuestas de candidatura a
futuras sedes y presentará al Jurado Internacional para su aprobación
el programa resultante. Se tratará de mantener un programa con un mínimo
de dos OIbF confirmadas de manera anticipada.
11
- DEL SECRETARIADO PERMANENETE DE LAS OLIMPIADAS
11.1
- El Secretariado Permanente de las Olimpiadas es un órgano
colegiado cuyo fin es garantizar la continuidad y permanencia de las
Olimpiadas. Estará integrado por cinco miembros: Presidente,
Vicepresidente, y tres Vocales. Dos de estos Vocales serán
representantes del país anfitrión y del país que será la próxima
sede de la OIbF; el Presidente, que será elegidos cada 4 años por
el Jurado Internacional, designa al Vicepresidente y al tercer
Vocal.
11.2
- Las principales funciones del Secretariado Permanente son:
a. Velar
por la continuidad de la Olimpiada en años siguientes.
b.
Continuar los esfuerzos para lograr un apoyo institucional
internacional para la OIbF y, una vez consolidado, servir de enlace
permanente con dicha o dichas instituciones patrocinadoras.
c.
Coordinar los esfuerzos para una mayor divulgación de los logros y
objetivos de la OIbF en los diferentes países.
d.
Promover la creación y divulgación de la literatura científica
que contribuya a una mejor preparación científica de los
estudiantes en el campo de la Física.
e.
Promover y coordinar la realización de Talleres u otras formas de
intercambio que contribuyan a perfeccionar toda la actividad
relacionada con los concursos y olimpiadas en los países
iberoamericanos.
f.
Promover y coordinar el aseguramiento de una información
actualizada y completa sobre las OIbF: Reglamento, programa de
contenidos, resultados estadísticos, información sobre las sedes
futuras y pasadas, problemas teóricos y experimentales de las
competiciones iberoamericanas y nacionales y otros aspectos
relacionados con los objetivos de las OIbF.
12
- SOBRE LAS MODIFICACIONES AL REGLAMENTO
12.1
- No se aceptarán para la discusión propuestas de modificaciones
de este reglamento que no sean distribuidas entre los países
participantes por lo menos un mes antes de la fecha de la Olimpiada
en cuestión. Los interesados podrán formalizar y difundir estas
propuestas mediante el secretariado permanente.
12.2
- Las modificaciones al reglamento deben ser aprobadas por las dos
terceras partes de los países participantes en la Olimpiada
correspondiente.
12.3
- Las modificaciones aprobadas regirán a partir de la siguiente
competición.
Dado
en La Paz, Bolivia, octubre del 2001. |